La Ley de IVA vigente señala que la alícuota estará comprendida entre el 8% y el 16,5%, y la misma será fijada de forma anual por la Ley de Presupuesto.
En tal sentido, las alícuotas vigentes fueron fijadas en la modificación de la Ley de Presupuesto 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.147 del 26 de Marzo de 2009. A continuación se muestra un cuadro contentivo de las alícuotas vigentes:
| ALÍCUOTAS VIGENTES | |
| GACETA OFICIAL Nº 39.147 DEL 26/03/2009 | |
| General (Vigente desde 01/04/2009) | 12% |
| Reducida (*) | 8% |
| ALÍCUOTAS VIGENTES | |
| Exportación de bienes y servicios | 0% |
| Adicional para Bienes de Consumo Suntuario (**) | 10% |
| Venta de Hidrocarburos de Empresas Mixtas a PDVSA y Filiales | 0% |
Notas:
(*) La alícuota Reducida se implementó desde el 1º de Enero de 2003. La misma se aplica a:
· La importación y venta de alimentos para el consumo humano de: animales vivos destinados al matadero; ganado para la cría; carnes; mantecas y aceites vegetales útil.
· Prestaciones de servicios al Poder Público en cualquiera de sus manifestaciones en el ejercicio que no impliquen la realización de actos de comercio y comporten trabajo o actuación predominante intelectual.
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